La ley regula las ofertas públicas de activos digitales en El Salvador.
Con 62 votos, la Asamblea Legislativa aprobó hoy la Ley de Emisión de Activos Digitales, en medio de una discusión sobre si facilitaría o no el lavado de dinero en El Salvador. Los diputados de Vamos, Nuestro Tiempo, Arena y FMLN votaron en contra: 16 votos.
La nueva ley regula todas las transacciones en activos digitales realizadas por el Estado o privados, incluidas deudas, inversiones, derechos a recibir flujos de dinero, activos o utilidades.
Concretamente regula las ofertas públicas de activos digitales en El Salvador, los emisores y proveedores de servicios de activos digitales y participantes de ofertas públicas.
Una nueva Comisión Nacional de Activos Digitales –cuyo Consejo Directivo tendrá 3 designados del presidente, secretario de Comercio y Ministerio de Economía– será la encargada de habilitar o cancelar las ofertas públicas de activos digitales, autorizar o cancelar a los proveedores de servicios de activos digitales, inscribir o desinscribir a los emisores, y autorizar o revocar a los certificadores.
La Comisión Nacional de Activos Digitales cobrará tasas por: registros de proveedores y certificadores (tasa registral de 15 salarios y tasa de renovación anual de 10 salarios mínimos del sector comercio), administración y emisión de certificaciones ($50 o su equivalente en bitcoin), y habilitación de ofertas públicas.
También podrán cobrar a los emisores 0.01 % del monto de la oferta pública habilitada para la emisión solicitada y $50 o su equivalente en bitcoin por cada certificación.
De acuerdo a la Ley de Activos Digitales, una oferta pública de activos digitales es una propuesta para comercializar o vender activos digitales; esta oferta pública puede ser un crédito de la entidad emisora.
Un emisor es el Estado o una persona natural o jurídica, pública o privada, que realiza una oferta al público de activos digitales o que busca la admisión de activo digital para venderlo o comercializarlo en una plataforma de intercambio regulada o no, domiciliada o no en El Salvador. Los activos digitales son un recurso digitalizado, incluso las criptomonedas.
Proveedores: cobrarán comisiones por sus servicios
Los proveedores de activos digitales deberán entregarle a la Comisión “un listado de activos digitales que planea vender o comercializar”.
La ley obligaría a los proveedores a informar de las comisiones que cobrarán por sus servicios y de tener sistemas informáticos seguros y que detecten el lavado de dinero.
El valor y los rendimientos o ingresos provenientes de activos digitales estarán exentos “de toda clase de gravámenes, tributos, impuestos, tasas y contribuciones de cualquier tasa y naturaleza presentes o futuros”, ordinarios, extraordinarios o especiales. También su renta estará “exenta de cualquier tipo de tributación”.
Una Agencia invertirá los fondos: priorizará obras públicas
La nueva ley de activos digitales crea la “Agencia Administradora de Fondos Bitcoin” (AAB), una institución de derecho público y que se relacionará con el órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Economía.
La AAB administrará o invertirá fondos o rendimientos de las ofertas públicas de activos digitales que haga el Estado o sus autónomas, y cobrará comisiones de administración de hasta un máximo de 0.5 %.
La AAB evaluará los proyectos en que planifica invertir y, cuando invierta en títulos accionarios y de deuda, va a “procurar que presenten el menor riesgo posible”; deberá «priorizar la inversión en obras y proyectos públicos».
No se aplicará ley de valores ni Código de Comercio
A las transacciones de activos digitales no se aplicarán el Código de Comercio, la Ley del Mercado de Valores, la Ley de Valores Electrónicos, la Ley de Anotaciones Electrónicas de Valores en Cuenta ni la Ley de Inversiones.
La ley no será aplicable a monedas digitales emitidas por bancos centrales, monedas de curso legal, monedas usadas para el intercambio de bienes y servicios con excepciones.
El debate: ¿lavado?
La oposición calificó la ley de inconstitucional; señaló que abre espacios al lavado de dinero y deja vacíos ante situaciones de quiebra con activos digitales.
El diputado John Wright Sol (Nuestro Tiempo) señaló deficiencias serias a la ley de activos digitales. Tildó de «inaudito» que la ley esté lista luego de solo una hora de discusión y de «irresponsable» hacia los salvadoreños «que se enfrentarán a un ecosistema sin control penal que es propicio para el lavado de dinero». Señaló que, mientras Estados Unidos lidera el esfuerzo de investigar y perseguir delitos en el mundo de criptoactivos, «parece que El Salvador está creando las condiciones ideales para facilitar el lavado de dinero».
Wright Sol añadió las siguientes preguntas:
- ¿Un mismo órgano (Comisión de Activos Digitales) debería supervisar y certificar las operaciones?
- ¿Seguiremos habilitando la corrupción y la falta de transparencia?
- ¿La Agencia de Fondos Bitcoin pagará impuestos?
- ¿Cómo se va a prevenir y sancionar las actividades de enriquecimiento ilícito de los funcionarios que utilicen el mercado de los activos digitales para incrementar su patrimonio?
- ¿Cómo se va a sancionar si se utiliza este nuevo mercado como vía para el lavado de dinero y de activos?
- ¿Se incorporará a la Comisión Nacional de Activos Digitales a los certificadores de ofertas públicas y los proveedores de servicios digitales como sujetos obligados por la ley de lavado de dinero?
- ¿Tendrán oficialías de cumplimiento tal como la tienen los bancos, las calificadoras de riesgo, titularizadoras?
- ¿Qué pasará cuando una empresa de criptoactivos queda en bancarrota?, ¿cómo se van a embargar estos activos?, ¿quién administrará esos activos? (afirmó que los activos digitales son bienes).
- ¿El país realmente cuenta con la infraestructura para comenzar a regular los activos digitales?
Le está exonerando todo tipo de impuestos a los ricos. Esto se podría convertir en una especie de paraíso fiscal donde dinero sin mayor seguimiento proveniente de fuentes ilícitas también pueden participar. –Anabel Belloso (FMLN).
Se está creando un marco legal para este tipo de moneda que no lo tenemos en este momento y hacer el llamado en que nos centremos de lo que estamos discutiendo. –Reynaldo López Cardoza (PCN).
La ley busca regular todos los activos digitales que puedan causar un fraude en las personas que los adquieran. ¿Por qué no entra el bitcoin acá? El bitcoin es una moneda finita. –Guillermo Gallegos (Gana).
Dicen eso puede conllevar a lavado de dinero, ¡imagínese si no está regulado! Ahorita lo estamos regulando, ¿qué quiere decir eso?, que habrá menos peligro. La mayor cantidad de escándalos de lavado de dinero se ha dado en bancos tradicionales, en 2007 Citigroup estaba pagando $97 millones por una empresa que estaba lavando de EE.UU. a México. ¿Cuántos casos se han dado en El Salvador con bitcoin? Ninguno. –Rodrigo Ayala (Nuevas Ideas).
En esta ley no se obliga a los certificadores y a los proveedores de servicios digitales brindar reportes de operaciones sospechosas, entonces, ¿estamos dando paso libre a las actividades sospechosas?, ¿cómo se va a regular?… Es importante anticiparnos a los cambios y avances tecnológicos. Esta discusión era necesaria previo a la aprobación de la ley bitcoin. Como Nuestro Tiempo, no vamos a acompañar una ley que facilita un ecosistema para el lavado de dinero y la evasión de impuestos. –John Wright Sol (Nuestro Tiempo).